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04 mayo 2010
31 marzo 2010
Asamblea Constituyente: Sin movilización social, esto no se cambia
Necesidad de profundizar la educación cívica y de formar un movimiento social amplio que instale en la opinión pública la urgencia de una nueva Constitución, fueron las principales conclusiones de los panelistas invitados a hablar sobre la necesidad de una Asamblea Constituyente para Chile.
La Federación de Estudiantes de la Universidad Central (Feucen) y la Red de estudiantes por la Asamblea Constituyente, realizaron el martes 24 de marzo el foro “Asamblea Constituyente: un proceso posible en Chile”, con participación de estudiantes, académicos y representantes de organizaciones sociales que estudian y proponen el tema.
La actividad, que se desarrolló en el marco de la semana de bienvenida de la Universidad Central, sacó en limpio que sin la organización social de diversos sectores de la ciudadanía, no se podrá lograr el objetivo de cambiar la Constitución de 1980, que nos rige hasta ahora.
Las exposiciones iniciaron a cargo de Patricia Albornoz, profesora de la cátedra de Derechos Humanos de la Escuela de Derecho de esa Universidad, quien recalcó que “en estos momentos de reconstrucción del país, -también- se hace imprescindible reconstruir junto a toda la sociedad nuestra carta fundamental”.
Posteriormente, el doctor en Historia del Derecho e iniciador del movimiento por la Asamblea Constituyente “Chile a la Carta”, Eric Palma, valoró la convocatoria a discutir este tema en un espacio abierto, y concentró sus esfuerzos en demostrar la manera en que la actual Constitución que rige en nuestro país no es representativa del interés general de la sociedad, así como de la legitimidad de una Asamblea Constituyente, “porque somos soberanos, titulares del poder constituyente y nadie debe arrebatarnos ese derecho”.
Asimismo, enfatizó el deber que tienen los propios ciudadanos de informarse y de los profesionales de retomar la educación cívica, “elemento necesario para la transformación del movimiento social en poder político”.
Los estudiantes, por su parte, analizaron la génesis de la actual Constitución nacional, en el contexto de la dictadura militar, la posibilidad de una Asamblea Constituyente en Chile, a la luz de procesos vividos en otros países latinoamericanos (Ecuador, Bolivia, Colombia) y en el desafío que implica concienciar a la población de la necesidad de una nueva carta fundamental, requisito ineludible a la hora de conformar un movimiento social amplio que presione a la clase política chilena.
Nicolás Forja, estudiante de Historia de Umce, subrayó el carácter antidemocrático de la Carta Magna de 1980: “es una Constitución “faccional”, porque un sector político interesado la creó y posibilitó su aprobación, en un contexto represivo, con nula información y discusión por parte de la sociedad y en circunstancias electorales viciadas”, señaló.
Por su parte, Patricio Lagos, estudiante de Derecho de la Universidad Bolivariana, analizó la estructura de la actual Constitución y comentó que “las casi cien reformas que se hicieron durante los gobiernos de la Concertación sólo han sido superficiales”. Así mismo, señaló las trabas burocráticas y legislativas (altos quórums, inexistencia de la Asamblea Constituyente como instancia legal, por ejemplo) que la misma Constitución contiene en relación a su modificación.
El último en exponer fue Matías Sagredo, coordinador de la Red de Estudiantes por la Asamblea Constituyente, quien profudizó en los efectos sociales y políticos actuales que la Constitución del ’80 provoca en la sociedad, principalmente en relación al modelo económico y sus consecuencias: “Implantó en Chile el salvaje sistema económico actual y lo exportó como ejemplo para los capitalistas del mundo, pero peor aún, ella misma impide que el pueblo pueda darse su propia Constitución, asegurando la estabilidad del sistema”, concluyó.
Ante las principales críticas de ciertos sectores de parlamentarios, que consideran una pérdida de tiempo y energías una Asamblea Constituyente y que insisten en la necesidad de que sólo sean especialistas quienes discutan una nueva carta fundamental, Patricia Albornoz señaló que la Asamblea Constituyente y otras iniciativas sociales para la modificación de nuestra Constitución son rechazadas por un sector de la clase política porque ven en ello un peligro ciudadano.
Por Cristóbal Cornejo
27 noviembre 2009
Por qué Chile exige una Constitución democrática
Chile es el único país que mantiene una Constitución adoptada por una dictadura. Todos los procesos de transición han incluido en proceso de elaboración de una nueva Constitución, o bien, han reimplantado la anterior a la dictadura.
En Chile desde 1979 los demócratas hablaban de una nueva Constitución para el fin de la tiranía, y manifestación de eso fue el Grupo de Estudios Constitucionales (o “de los 24”). Mismo planteamiento se hacía desde el Chile del exterior.
1) La Carta impuesta por Pinochet es ilegítima desde su gestación. Fue preparada por una Comisión, revisada por un curioso Consejo de Estado y vuelta a revisar por los abogados de Pinochet. Entre todos ellos NO HABÍA UN SOLO DEMÓCRATA, y en el texto se nota.
2) Es ilegítima en cuanto a su adopción. Finalmente fue sometida a un arbitrario plebiscito, en pleno estado de excepción, sin registros electorales, sin apoderados de mesa, sin control alguno, y en plena vigencia del terror impuesto por los servicios de seguridad del dictador.
3) Es ilegítima en sus contenidos. Algunos de los elementos de su ilegitimidad son los siguientes:
a) Desconoce derechos humanos esenciales, tales como el derecho del pueblo chileno a su libre determinación, que incluye el derecho de modificar su Constitución; el derecho a la vivienda, el derecho al trabajo, el derecho a la alimentación, el derecho a la huelga y muchos otros, así como el derecho humano a disponer de recursos legales contra el Estado en caso de violación de la mayoría de los derechos reconocidos;
b) Consagra discriminaciones al impedir a gran parte del mundo obrero, el acceso al Parlamento.
c) Desconoce la voluntad popular, por establecer un sistema electoral, conocido como binomial, que no contempla ningún país democrático del mundo, destinado a provocar un empate sólo entre las dos primeras mayorías, y excluyendo a todas las demás fuerzas. La única fuerza que gana es la primera minoría (o segunda mayoría).
d) Perpetúa los intereses políticos del pinochetismo. La Constitución, y su complemento necesario, las leyes de quórum calificado y orgánicas constitucionales incorporan como derechos humanos de todos los chilenos y habitantes en nuestro territorio, los principios adoptados en 1966 en los Fundamentos Doctrinarios y Programáticos del Partido Nacional: (1) la instauración de una “democracia orgánica” (sic) concepto clave del fascismo en su vertiente española; (2) “incorporar las Fuerzas Armadas al desarrollo nacional” –es decir, al Gobierno-- para que sean “un factor dinámico y efectivo del progreso educacional, técnico y económicos del país”; (3) “defender la libertad de trabajo y la iniciativa individual, como elementos dinámicos en el proceso económico”, dejando al Estado el único rol de “liberar al trabajo privado de las trabas y obstáculos burocráticos, de los excesos tributarios y de toda forma de persecución e inestabilidad legal” (ver artículo 19 Nºs. 21 a 24 de la Constitución de Pinochet).
e) Porque, en definitiva, la voluntad de Pinochet en 1980, es la que regirá los destinos del pueblo chileno hasta la perpetuidad. El sistema electoral binominal y los altísimos quórum para modificar la Constitución y las leyes más importantes impedirán para siempre cambiar la voluntad del tirano.
20 años de transición demuestran que los herederos de la dictadura no aceptan cambios democratizadores de fondo; la Carta sólo permitió los plebiscitos que interesaban a Pinochet (1980 y 1989); y no contempla la iniciativa ciudadana. Y nadie quiere que un Presidente elegido se transforme en un Fujimori.
Proponemos adaptar el proceso colombiano, que en 1990 utilizó el sistema electoral para agregar a las seis papeletas previstas, una séptima que pedía una Asamblea Constituyente. La población acogió arrolladoramente la proposición, y debió convocarse a la Asamblea.
La idea es que los electores en la próxima elección general manifiesten su voluntad de contar con una Constitución Democrática, escribiendo “ASAMBLEA CONSTITUYENTE” además de su preferencia por su candidato. Una marca de esta naturaleza no anula el voto, pues la ley electoral Nº 18.700 dispone que “Serán nulas y no se escrutarán las cédulas en que aparezca marcada más de una preferencia”. Además, en la Cartilla de Instrucciones del Servicio Electoral 2005, página 21 Nº 5.1.6 se dispone que “También se escrutarán como válidas las cédulas en que se haya señalado una sola preferencia, pero que la Mesa estime “OBJETADAS”, (marcadas), por tener, además de la preferencia, rayas, palabras, firmas, dibujos, etc.”. (Todo lo escrito en negrita y subrayado en este párrafo está así en el original de la cartilla de instrucciones).
Roberto Garretón
COMITÉ DE INICIATIVA POR UNA ASAMBLEA CONSTITUYENTE
En Chile desde 1979 los demócratas hablaban de una nueva Constitución para el fin de la tiranía, y manifestación de eso fue el Grupo de Estudios Constitucionales (o “de los 24”). Mismo planteamiento se hacía desde el Chile del exterior.
1) La Carta impuesta por Pinochet es ilegítima desde su gestación. Fue preparada por una Comisión, revisada por un curioso Consejo de Estado y vuelta a revisar por los abogados de Pinochet. Entre todos ellos NO HABÍA UN SOLO DEMÓCRATA, y en el texto se nota.
2) Es ilegítima en cuanto a su adopción. Finalmente fue sometida a un arbitrario plebiscito, en pleno estado de excepción, sin registros electorales, sin apoderados de mesa, sin control alguno, y en plena vigencia del terror impuesto por los servicios de seguridad del dictador.
3) Es ilegítima en sus contenidos. Algunos de los elementos de su ilegitimidad son los siguientes:
a) Desconoce derechos humanos esenciales, tales como el derecho del pueblo chileno a su libre determinación, que incluye el derecho de modificar su Constitución; el derecho a la vivienda, el derecho al trabajo, el derecho a la alimentación, el derecho a la huelga y muchos otros, así como el derecho humano a disponer de recursos legales contra el Estado en caso de violación de la mayoría de los derechos reconocidos;
b) Consagra discriminaciones al impedir a gran parte del mundo obrero, el acceso al Parlamento.
c) Desconoce la voluntad popular, por establecer un sistema electoral, conocido como binomial, que no contempla ningún país democrático del mundo, destinado a provocar un empate sólo entre las dos primeras mayorías, y excluyendo a todas las demás fuerzas. La única fuerza que gana es la primera minoría (o segunda mayoría).
d) Perpetúa los intereses políticos del pinochetismo. La Constitución, y su complemento necesario, las leyes de quórum calificado y orgánicas constitucionales incorporan como derechos humanos de todos los chilenos y habitantes en nuestro territorio, los principios adoptados en 1966 en los Fundamentos Doctrinarios y Programáticos del Partido Nacional: (1) la instauración de una “democracia orgánica” (sic) concepto clave del fascismo en su vertiente española; (2) “incorporar las Fuerzas Armadas al desarrollo nacional” –es decir, al Gobierno-- para que sean “un factor dinámico y efectivo del progreso educacional, técnico y económicos del país”; (3) “defender la libertad de trabajo y la iniciativa individual, como elementos dinámicos en el proceso económico”, dejando al Estado el único rol de “liberar al trabajo privado de las trabas y obstáculos burocráticos, de los excesos tributarios y de toda forma de persecución e inestabilidad legal” (ver artículo 19 Nºs. 21 a 24 de la Constitución de Pinochet).
e) Porque, en definitiva, la voluntad de Pinochet en 1980, es la que regirá los destinos del pueblo chileno hasta la perpetuidad. El sistema electoral binominal y los altísimos quórum para modificar la Constitución y las leyes más importantes impedirán para siempre cambiar la voluntad del tirano.
20 años de transición demuestran que los herederos de la dictadura no aceptan cambios democratizadores de fondo; la Carta sólo permitió los plebiscitos que interesaban a Pinochet (1980 y 1989); y no contempla la iniciativa ciudadana. Y nadie quiere que un Presidente elegido se transforme en un Fujimori.
Proponemos adaptar el proceso colombiano, que en 1990 utilizó el sistema electoral para agregar a las seis papeletas previstas, una séptima que pedía una Asamblea Constituyente. La población acogió arrolladoramente la proposición, y debió convocarse a la Asamblea.
La idea es que los electores en la próxima elección general manifiesten su voluntad de contar con una Constitución Democrática, escribiendo “ASAMBLEA CONSTITUYENTE” además de su preferencia por su candidato. Una marca de esta naturaleza no anula el voto, pues la ley electoral Nº 18.700 dispone que “Serán nulas y no se escrutarán las cédulas en que aparezca marcada más de una preferencia”. Además, en la Cartilla de Instrucciones del Servicio Electoral 2005, página 21 Nº 5.1.6 se dispone que “También se escrutarán como válidas las cédulas en que se haya señalado una sola preferencia, pero que la Mesa estime “OBJETADAS”, (marcadas), por tener, además de la preferencia, rayas, palabras, firmas, dibujos, etc.”. (Todo lo escrito en negrita y subrayado en este párrafo está así en el original de la cartilla de instrucciones).
Roberto Garretón
COMITÉ DE INICIATIVA POR UNA ASAMBLEA CONSTITUYENTE
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